El 20 de abril entró en marcha la nueva forma de gestionar los residuos volumétricos en un sector de Pringles. El Secretario de Planeamiento, Diego Pelegrinelli, hace un balance de la propuesta que tiene como objetivo seguir mejorando la limpieza de nuestra ciudad.
“La nueva modalidad de recolección de residuos volumétricos ha tenido una respuesta muy aceptable por parte de la comunidad”, señaló el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Diego Pelegrinelli; al cumplirse este martes 20 de mayo un mes de su puesta en marcha.
Reconoció que “tenemos situaciones a corregir, que estamos atendiendo permanentemente, pero tanto la aceptación como el funcionamiento es muy bueno”.
La modalidad de volquete, bolsón o lona para la recolección de residuos volumétricos -escombros, restos de poda, limpieza de patio- abarca el sector de la ciudad comprendido entre las calles 0, 14, 36 y 57. En dicha zona, ya no se pueden sacar volumétricos a granel (sueltos) y dejarlos sobre la calle; sino que el vecino debe contratar el servicio que le provea del contenedor adecuado, comunicándose al celular 2922-412155, de 8 a 16 horas.
Con respecto a las demás zonas de la ciudad, Pelegrinelli dijo que en éstas “se está haciendo con camiones y pala cargadora del Municipio los días martes, miércoles y jueves, con un esquema similar al que se venía haciendo”.
Alternativas gratuitas.
El Director de Ingresos Públicos de la Comuna se refiere a estos temas, detallando las herramientas que se han ido incorporando en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19 y con el objetivo de ir renovando el área en materia de servicios.
Rafael Casquero, Director de Ingresos Públicos señaló: “queremos informar a la comunidad que, con respecto al trámite de solicitud de guías que actualmente se hace en el Palacio Municipal, y pensando en darle al productor agropecuario alguna facilidad extra para que no tenga que venir personalmente en estos tiempos de pandemia, que requiere distanciamiento social entre todos nosotros; hemos comenzado a emplear una nueva forma para que el contribuyente pueda solicitar la guía sin la necesidad de hacerse presente en el
Desde la implementación del aislamiento social y obligatorio, un abanico de medidas económicas fue puesto en marcha para asistir a diversos sectores del país. La Secretaría de Desarrollo de la comuna realizó un trabajo de compilación de todas las herramientas con que se cuentan en la actualidad (actualizado al 20 de abril) y cómo gestionarlas.
Medidas para el sector productivo.
1)- Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Decreto 332/20: https://www.boletinoficial.gob.ar/suplemen…/2020040101NS.pdf
Decreto ampliatorio 376/20: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalle…/…/227988/20200420
La inscripción a este Programa cerró el 16 de abril pasado, pero hoy (20 de abril), mediante el Decreto ampliatorio 376 se amplía este Programa.
Todos los empleadores, sin importar la actividad que desarrollan ni la cantidad de trabajadores que se desempeñan en su firma, pueden anotarse en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). El Programa incluye también a las PyMEs turísticas, como hoteles y agencias; clubes y federaciones.
La inscripción al programa se hace a través de la web AFIP y es posible incluso para aquellas actividades consideradas esenciales. Al inscribirse, los empleadores no renuncian a ningún beneficio previsto en el Programa. El registro facilitará el acceso a futuras herramientas que se generen en el marco de la emergencia sanitaria.
Hasta el día 16 de abril pasado, los empleadores inscriptos tenían tiempo para cargar información sobre la facturación por ventas, para determinar cuáles son los beneficios a los que podrían acceder. El día de hoy ,20 de abril, el Decreto 376/2020 amplía lo establecido en el Decreto 332/2020.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación reglamentará el procedimiento a seguir por quienes hubieran iniciado el trámite respectivo, en virtud de lo establecido en el artículo 9° del Decreto N° 332/20, ahora sustituido por el artículo 5° de la norma ampliatoria.
Beneficios:
a)- Postergación de pago o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al SIPA.
• Se amplía el plazo para pago de las contribuciones patronales del SIPA.
• Se reduce hasta el 95% de las contribuciones patronales del SIPA de abril de 2020
b)- Asignación compensatoria al salario.
• El Salario Complementario consistirá en una suma abonada por la Administración Nacional de la Seguridad Social para todos o parte de los trabajadores y las trabajadoras, en relación de dependencia, cuyos empleadores cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3º y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto 332/2020.
• El monto de la asignación será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del salario neto del trabajador o de la trabajadora correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes.
• Esta asignación compensatoria al salario se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones o de la asignación en dinero prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (T.O. 1976 y sus modificaciones).
c)- Crédito a Tasa Cero.
• Crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Banco Central de la República Argentina, en el marco de sus respectivas competencias, con subsidio del cien por ciento (100%) del costo financiero total.
• El monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000). El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.
• El Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) bonificará el cien por ciento (100%) de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los Créditos a Tasa Cero que se otorguen.
d)- Sistema integral de prestaciones por desempleo:
Se incrementan durante el periodo que establezca la Jefatura de Gabinete de Ministros, los montos de las prestaciones económicas por desempleo a un mínimo de pesos seis mil ($6.000) y un máximo de pesos diez mil ($10.000).
Accederán a una prestación económica por desempleo los trabajadores y las trabajadoras que reúnan los requisitos previstos en las Leyes Nros. 24.013 y 25.371.
2) Créditos para garantizar la producción.
Se lanzan una serie de líneas de créditos blandos por unos $350.000 millones para garantizar la producción y el abastecimiento de alimentos e insumos básicos, impulsar la actividad y financiar el funcionamiento de la economía en esta coyuntura:
• $320.000 millones que permitirá proveer capital de trabajo a las empresas a tasas preferenciales por un plazo de 180 días con tasa de interés será 26% anual;
• $25.000 millones en créditos del Banco de la Nación Argentina a tasa diferencial para productores de alimentos, higiene personal y limpieza y productores de insumos médicos;
• $8.000 millones en financiamiento para la producción de equipamiento tecnológico para garantizar la modalidad de teletrabajo
• $2.800 millones para el financiamiento de infraestructura en los parques industriales, con recursos del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Ahora 12: Se renueva el programa Ahora 12 por un plazo de seis meses. Expansión hacia compra on-line de productos nacionales, con énfasis en PYMES.
3)- Prórroga de vencimientos de deudas para PyMEs y Micro Pymes Decreto 316/20. Régimen de Regularización de Deudas.
Entendiendo que las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional con motivo de la pandemia han repercutido no sólo en la vida social de los habitantes sino también en la economía, restringiendo muchas de las actividades que realizan los sujetos alcanzados por el Régimen de Regularización de Deudas de la Ley N° 27.541, se ha resuelto extender hasta el 30 de junio del 2020 inclusive el plazo para que los contribuyentes puedan acogerse al mencionado Régimen.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalle…/…/227233/20200328
4)- Créditos para el pago de sueldos a Tasa Fija del 24%.
Los bancos, que sean agentes de pago de salarios, deberán ofrecer préstamos a PyMEs para el pago de sueldos de marzo a una tasa fija del 24% por un año, con un período de gracia de tres meses. Además, se destinaron 30 mil millones de pesos al Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) para otorgar garantías de respaldo.
Beneficios:
• Financiamiento del 100% de la masa salarial bruta de la empresa.
• Tasa fija anual del 24%.
• Garantías de respaldo con cobertura del 100% del crédito para monotributistas, micro y pequeñas empresas.
• Garantías de respaldo con cobertura del 25% del crédito para empresas medianas tramo 1 y 2.
Requisitos:
• Estar registrado en el Registro PyME https://www.argentina.gob.ar/…/registrar-una-p…/como-se-hace.
• Tener condición 1, 2 o 3 de acuerdo con la clasificación de deudores del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
• No encontrarse en mora con FOGAR (Fondo de Garantías Argentino).
• Tener al menos un empleado en el formulario F931 de AFIP del mes anterior al desembolso.
Pasos:
1. Completar la solicitud del crédito dispuesta por cada banco y el detalle de la nómina de empleados con el formulario F931 de AFIP.
2. Enviar la solicitud al banco que sea agente de pago de los salarios de tu empresa. Cada banco pondrá a disposición un correo electrónico donde se recibirán las solicitudes del crédito, o su presentación podrá ser a través de su plataforma web.
3. El banco se va a comunicar para continuar con la instrumentación del crédito.
4. Una vez otorgado el crédito, el dinero se podrá acreditar directamente en las cuentas sueldo de los empleados o en la cuenta de la PyME, que inmediatamente transferirá a los empleados.
5. Todas las entidades bancarias, estén dentro o fuera del convenio de FOGAR, deberán atenerse a las comunicaciones del BCRA "A" 6937 y la posterior con adecuaciones, la "A" 6946.
https://www.argentina.gob.ar/si…/default/files/linea_sueldos - instructivo_mipymes_1.pdf
5)- Prohibición de despidos por 60 días. Decreto 329/20 (31/3/20)
Ante la necesidad de adoptar medidas excepcionales que aseguren a los trabajadores y a las trabajadoras que esta situación de emergencia no les hará perder sus empleos, y garantizarles así condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias, el Gobierno Nacional resuelve prohibir los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días contados a partir del 31/03/2020.
https://www.boletinoficial.gob.ar/suplemen…/2020033101NS.pdf
6)- Créditos de BICE para MiPyMEs
Se destinan mil millones de pesos en líneas de capital de trabajo para MiPyMEs. Los créditos tienen una tasa del 19% anual fija en pesos para empresas con aval de SGR o Fondo de Garantía y un plazo de hasta 12 meses con un máximo de 6 meses de gracia.
Las MiPyMEs que necesiten un plazo más largo pueden optar por un crédito a 18 meses a una tasa del 24%.
Se bajó la tasa de los créditos de prefinanciación de exportaciones para clientes con líneas activas. Las MiPyMEs podrán renovar sus operaciones a una tasa especial del 6,5% anual y las grandes empresas, al 8,5%.
Para más información: 0800 444 2423 / https://www.bice.com.ar/productos/capital-de-trabajo/
7)- Programa de Apoyo al Sistema Productivo Nacional.
Apoyo para empresas, cooperativas e instituciones de investigación que contribuyen a la emergencia sanitaria:
• El Ministerio de Desarrollo Productivo financiará con créditos a tasa fija del 12% y aportes no reembolsables a empresas, MyPyMes, cooperativas e instituciones de investigación y desarrollo que contribuyan a la emergencia sanitaria. El monto total de la línea de créditos es de 2000 millones de pesos.
• Se ofrecerán Aportes No Reembolsables (ANR) por una cifra total de 250 millones de pesos a instituciones de I+D+i, universidades, centros tecnológicos y emprendedores.
• Para acceder a estos créditos debe presentarse una solicitud virtual a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia).
https://www.argentina.gob.ar/…/medidas-econo…/creditos/apoyo
8)- Autorización para venta de libros, artículos de librería e insumos informáticos.
Se incorpora al listado de actividades y servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio la venta de libros, artículos de librería e insumos informáticos.
La comercialización será únicamente bajo la modalidad de entrega a domicilio y quienes la realicen deberán tramitar el certificado único habilitante para la circulación (https://tramitesadistancia.gob.ar/).
9)- Suspensión de embargos y medidas cautelares.
AFIP extiende hasta el 30/4/2020 la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalle…/…/227074/20200320
10)- Prórroga de vencimientos ARBA Ingresos Brutos.
• Se posterga el vencimiento del anticipo N º3 de Ingresos Brutos del 20 de abril al 4 de mayo.
• Se reprogramó a partir del 1 de junio la presentación de la DDJJ Anual de Ingresos Brutos 2019 que estaba prevista a partir del 6 de abril.
• Se reprogramaron por 60 días los vencimientos de cuotas o anticipos de planes de pago de Ingresos brutos.
Medidas que benefician a la comunidad en general.
11)- Precios.
Precios máximos:
Desde el 20 de marzo y por 30 días (prorrogables), los precios de alimentos de la canasta básica, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza mantendrán, como máximo, el precio que tenían al 6 de marzo pasado. Esto aplica para hipermercados, supermercados minoristas y mayoristas, minimercados, almacenes y autoservicios.
Para acceder al listado de Precios Máximos de la Provincia de Buenos Aires: https://preciosmaximos.argentina.gob.ar/…
Los consumidores pueden conocer cuánto pagar por cada producto en la página web de Precios Claros (www.preciosclaros.gob.ar).
Barbijos, termómetros y alcohol en gel: El día 16 de abril el Ministerio de Desarrollo Productivo dispuso retrotraer los precios de barbijos y termómetros al 6 de marzo 2020. Del mismo modo, se establecieron precios de referencia para el alcohol en gel de manera de garantizar un acceso equitativo.
A su vez, se contempla la limitación de venta de barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o TRI-CAPA exclusivamente a profesionales o personal de servicios de salud, así como a personas jurídicas que tengan por objeto la prestación de servicios sanitarios.
Podrán denunciar incumplimientos en Defensa del Consumidor: 0800-666-1518, por correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it., por Twitter @DNDConsumidor o
Para enviar avisos por precios abusivos:
https://preciosmaximos.argentina.gob.ar/…
Se incrementan las tareas de inspección con la incorporación de verificadores de diferentes dependencias públicas y a través de convenios con los municipios.
Se solicita a las industrias productoras de alimentos, artículos de higiene personal, medicamentos, insumos, equipamiento e implementos médicos que aumenten su producción para afrontar el crecimiento de la demanda.
Precios cuidados: Aplicación para Consultar el listado de productos del programa y los supermercados adheridos. Para comparar y elegir con una referencia de lo que cuesta cada producto: https://www.argentina.gob.ar/aplicaciones/precios-cuidados.
Fiscalización de Municipios:
Mediante Decreto 351/20 se convoca a los intendentes de todos los municipios del país a realizar de forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior y el Ministerio de Desarrollo Productivo que establece los precios máximos https://www.boletinoficial.gob.ar/detalle…/…/227052/20200320
12) Suspensión de cortes de servicios públicos. Decreto 311/20. Emergencia Sanitaria.
Con el objetivo de garantizar los servicios esenciales para el desarrollo de la vida diaria, en el marco de la emergencia sanitaria, el gobierno nacional dispone que las empresas prestadoras de servicios tales como el suministro de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable, no podrán suspenderlos por falta de pago -hasta 3 facturas consecutivas o alternas-. La medida regirá por 180 días y comprende a usuarios titulares de la AUH y AUE, jubilados y pensionados, a quienes perciben seguro de desempleo, a usuarios electrodependientes, MiPyMES, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES, instituciones de salud, públicas y privadas, y las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria, entre otros.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalle…/…/227120/20200325
13)- Congelamiento temporario de alquileres y suspensión de desalojos. Decreto 320/20
Comprendiendo que la emergencia sanitaria exige extremar esfuerzos para enfrentar no sólo la propagación del nuevo coronavirus, sino también la problemática económica y social, y que el Estado debe procurar garantizar los derechos elementales de los argentinos, el Gobierno Nacional resuelve suspender en todo el territorio nacional, hasta el día 30 de septiembre, el desalojo de inmuebles por falta de pago.
Del mismo modo establece prorrogar, hasta la misma fecha, la vigencia de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20 de marzo pasado. Se dispone a su vez el congelamiento del precio de los contratos de alquiler, debiéndose abonar hasta el 30 de septiembre el monto correspondiente al mes de marzo del corriente año. Para el pago de la diferencia entre la cuota que hubiere debido abonarse según las prescripciones contractuales y la que efectivamente deberá pagarse por la presente medida, y para el pago de deudas, no podrán aplicarse intereses ni otras penalidades previstas en el contrato.
14)- Facilidades para créditos hipotecarios. Decreto 319/20
Se dispone que la cuota mensual de los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados no podrá superar el importe de la cuota al mes de marzo del corriente año, hasta el día 30 de septiembre. La medida se aplicará también a los créditos UVA. Se suspenden asimismo en todo el territorio nacional, por el mismo plazo y para el mismo tipo de vivienda, las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales. Para el pago de la diferencia entre la cuota que hubiere debido abonarse según las prescripciones contractuales y la que efectivamente deberá pagarse por la presente medida, y para el pago de deudas, no podrán aplicarse intereses moratorios, compensatorios, ni punitorios ni otras penalidades previstas en el contrato.
15)- Prohibición del cobro de comisiones por las operaciones en cajeros automáticos.
Con el objetivo de disminuir la circulación y mitigar el impacto económico de la crisis sanitaria, el Banco Central dispuso que hasta el 30 de junio inclusive las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones (depósitos, extracciones, consultas, etc.) efectuadas mediante todos los cajeros automáticos, sin límites de importe –salvo los que expresamente se convengan por razones de seguridad y/o resulten de restricciones operativas del equipo– ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta a la vista sobre la cual se efectúe la operación.
http://bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A6945.pdf
16)- Suspensión del cierre de cuentas bancarias. Decreto 312/20. Emergencia Sanitaria. Decreto 312/20. Emergencia sanitaria.
Con el propósito de mitigar el impacto que la pandemia del COVID-19 genera en nuestro país en materia económica, el gobierno nacional ha dispuesto que se suspenda hasta el 30 de abril inclusive la aplicación de multas y la obligación de proceder al cierre e inhabilitación de cuentas bancarias con motivo del rechazo de cheques por falta de fondos. Se suspende asimismo la obligación de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones.
17)- Prórroga de vencimientos ARBA.
• ARBA reprogramó el vencimiento de la cuota Nº 2 del impuesto inmobiliario urbano que vencía el 14 de abril 2020 para el 14 de mayo 2020.
• Se reprogramaron por 60 días los vencimientos de cuotas o anticipos de planes de pago de impuestos inmobiliarios y patente.
Medidas para población específica.
18)- Beneficiarios de AUH y Embarazo, Jubilados/as y Pensionados/as.
• Bono extraordinario para perceptores de AUH/AUE: El 27 de marzo se pagó por única vez un bono extraordinario de hasta $3.000 por cada hijo o hija.
• Bono extraordinario para jubilados y pensionados: Junto con el haber de abril, se pagó por única vez un bono extraordinario de hasta $3.000 para jubilados y pensionados que cobren un sólo haber, hasta alcanzar los $18.892 incluido el bono.
• Condonación de cuota para créditos ANSES: Durante los meses de abril y mayo quienes hayan solicitado un Crédito ANSES no pagarán la cuota, del mismo modo que sucedió en los meses de enero, febrero y marzo.
19)- Ingreso Familiar de Emergencia.
Bono de $10.000 que busca paliar el impacto de la emergencia sanitaria sobre la economía de las familias argentinas más afectadas.
¿Quiénes pueden cobrarlo?
Sólo lo podrá cobrar un integrante del grupo familiar que esté dentro de alguno de los siguientes marcos:
• Trabajadores informales
• Monotributistas sociales
• Monotributistas de categorías A y B
• Personal doméstico
• Beneficiarios de AUH-AUE o Progresar
Requisitos:
• Ser argentino nativo o naturalizado, y haber vivido un mínimo de 2 años en el país.
• Tener entre 18 y 65 años.
• No tener otros ingresos provenientes de:
- Trabajos en relación de dependencia.
- Monotributos de categoría C o superior, o del régimen de autónomos
- Prestaciones de desempleo.
- Jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales
A partir del 11 de abril se pudo conocer si fue otorgado el beneficio. Quienes contaban con CBU ya deberían haber cargado sus datos de acuerdo al cronograma de ANSES. Para quienes aún no eligieron el medio de cobro, pueden optar por las siguientes opciones:
• Acreditación en CBU propia
• Extracción en cajero automático de Red Link de Banco Nación
• Acreditación en cuenta DNI de Banco Provincia
• Extracción en cajero automático de Red Banelco
• Cobro en Correo Argentino
Para elegir el medio de cobro se debió ingresar de acuerdo al siguiente cronograma:
• DNI terminados en 0 y 1: jueves 16 de abril
• DNI terminados en 2 y 3: viernes 17 de abril
• DNI terminados en 4 y 5: sábado 18 de abril
• DNI terminados en 6 y 7: domingo 19 de abril
• DNI terminados en 8 y 9: lunes 20 de abril
IMPORTANTE: Beneficiarios/as de AUH-AUE y/o del programa Progresar, cobraron el Ingreso en forma automática en la cuenta bancaria que utilizan para retirar la asignación.
Fuentes
AFIP: https://www.afip.gob.ar/no…/20200409-programa-asistencia.asp
ANSES: www.anses.gov.ar
ARBA: www.arba.gov.ar
Boletín Oficial de la República Argentina: https://www.boletinoficial.gob.ar/
Ministerio de Desarrollo Productivo: https://www.argentina.gob.ar/produccion
Ministerio de Economía de la Nación: https://www.argentina.gob.ar/eco…/medidas-economicas-COVID19
Ministerio de Salud de la Nación: https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación: https://www.argentina.gob.ar/…/se-prorrogan-hasta-el-31-de-…
Dirección de Comunicación - 20 de abril de 2020
El uso de volquetes, bolsones y lonas será obligatorio para sacar residuos volumétricos a la calle que, por su composición o volumen, no puedan ser embolsados (en consorcio). El sector comprendido para esta nueva modalidad abarca desde calle 0 a 14 y de calle 36 a 57 y comienza a implementarse el lunes 20 de abril.
El Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Diego Pelegrinelli, anunció en la mañana de este viernes: “este un trabajo que se viene realizando desde año 2016, conjuntamente con el Honorable Concejo Deliberante y muchos otros funcionarios, que está relacionado con la creación de una ordenanza que permitió el Registro de Prestadores del servicio de volquetes”.
Pelegrinelli indicó que “en el año 2019, el HCD dictó una nueva ordenanza que prohibió la extracción a granel (suelto o tirado en la calle) de todo lo relacionado con residuos de gran porte”. A partir de ese momento “una empresa local se inscribió en el Registro y completó en su totalidad lo que la ordenanza requiere, lo cual la habilita hoy en día a prestar el servicio de volquetes, bolsones y mantas para la poda a la comunidad”.
El funcionario municipal resaltó que “este servicio comenzará a funcionar a partir del próximo lunes 20 (de abril), dentro de la zona comprendida por el cuadrante de calles 0 a 14 y de 36 a 57, estando en esta zona totalmente prohibido depositar residuos de escombros, poda, etc., a gran escala sobre la calle”.
Ángela Bohn -Directora de Medio Ambiente y Espacio Público- detalló que “dentro de los beneficios que trae el hecho de no dejar los residuos volumétricos sueltos en la calle, podemos enumerar: se va a disminuir la voladura de los mismos, mejorará la limpieza del cordón cuneta, representará un ahorro considerable de combustible para el Municipio y traerá aparejada mayor seguridad en el tránsito, dado que no circularán maquinarias de gran porte en la ciudad, lo que también evitará que se pueda dañar la cinta asfáltica o el cordón cuneta al momento de levantar los residuos”.
Escombros y alternativa gratuita.
Pelegrinelli aclaró que “todo aquel escombro que se genera en una obra debe ir a un volquete o a un bolsón. Pero toda aquella persona que quiera extraerlo por cuenta propia, puede llevarlo directamente a la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, ahí será recepcionado de manera gratuita”. Lo que no se puede hacer es “volcarlo a la calle y después trasladarlo a un vehículo. Estos residuos deben ser depositados directamente en un vehículo” ya que lo que buscamos evitar es que “las calles de la ciudad estén sucias por los residuos que genera este tipo de extracción”.
Como todo cambio de hábitos, hay una etapa de información y docencia. “Habrá período de aviso a los vecinos, pero a partir de mayo se comenzará con las multas si no se cumplen con las normativas establecidas por la ordenanza”, resaltó el Secretario de Planeamiento Diego Pelegrinelli.
Poda y alternativas gratuitas.
“A raíz de estar en un periodo de cuarentena, el personal municipal está trabajando con horarios reducidos, donde se están haciendo menos recorridos”, señaló Diego Pelegrinelli y agregó: “los vecinos, al contar con más tiempo y estando en época de poda, realizan las podas de las plantas de sus patios lo que genera un mayor volumen de ramas, pudiendo contar los vecinos ahora con este nuevo servicio”.
“Una de las medidas que se adoptan en esta época de poda, es subvencionar el 100 por ciento del valor del volquete o bolsón (por única vez en el corriente año) a aquellos vecinos que realicen exclusivamente poda (no mezcla de residuos: obras y limpieza) dentro de sus domicilios”, señaló Bohn. Agregó que “los residuos en bolsas de consorcio son recolectados sin costo por el servicio de recolección de la comuna y para el resto de la zona, que está fuera de este nuevo cuadrante, la recolección de volumétricos se seguirá realizando como hasta el momento”.
Para finalizar, Diego Pelegrinelli manifestó que “hoy por hoy tenemos una sola empresa prestando este servicio, pero el Registro de Prestadores se encuentra abierto, lo que permite que si aparece una nueva empresa u oferente, podamos tener más de un prestador. Además, esperamos que la comunidad nos acompañe con esta nueva medida, dado que la limpieza de la ciudad también está directamente relacionada con la salud pública”.
Vías de comunicación.
Las vías de comunicación para solicitar el servicio, son las siguientes:
Dirección de Comunicación – Viernes 17 de abril de 2020.